
Guía práctica para declarar criptomonedas en la Renta 2026 (ejercicio 2025). Tramos, método FIFO, modelos 721/172/173,
Si tienes criptomonedas y vives en España, esto te afecta directamente: 2026 es el primer año en el que Hacienda tiene acceso masivo a tus datos cripto a través de los modelos 172 y 173. Los exchanges españoles ya están enviando información automática a la Agencia Tributaria sobre tus saldos y operaciones. Intentar esconderse ya no es una opción.
Pero no te preocupes. Declarar criptomonedas no es tan complicado como parece si entiendes las reglas del juego. En esta guía te explico paso a paso todo lo que necesitas saber para la campaña de la Renta 2026 (ejercicio 2025): qué operaciones tributan, cuánto vas a pagar, qué modelos tienes que presentar y, sobre todo, los errores que te pueden costar una multa.
Llevo 6 años operando con criptos y he pasado por este proceso varias veces. Te cuento lo que he aprendido (a veces por las malas).
¿Es obligatorio declarar las criptomonedas en España?
Sí. Desde 2025, el Ministerio confirmó que declarar criptomonedas es obligatorio siempre que estés obligado a presentar la declaración de la renta por cualquier motivo.
Pero hay matices importantes que mucha gente confunde:
- Si solo compras y holdeas (HODL): No tienes que declarar nada en el IRPF. Simplemente tener criptomonedas en tu wallet no genera obligación fiscal. La excepción es si tienes más de 50.000€ en exchanges extranjeros (entonces toca el Modelo 721, que explicamos más abajo).
- Si vendes, intercambias o usas criptos para pagar: Sí, genera una ganancia o pérdida patrimonial que hay que declarar.
- Si haces staking, recibes airdrops o minas: También tributa, pero de forma diferente (lo explicamos en detalle más abajo).
La clave es que no existe un mínimo exento para criptomonedas. Si has generado una ganancia de 5€ por una venta de cripto, técnicamente hay que declararla si estás obligado a presentar la renta.
Qué operaciones con criptomonedas hay que declarar (y cuáles no)
No todas las operaciones cripto tributan igual. Esta es la clasificación que necesitas tener clara:
Operaciones que SÍ generan obligación de declarar
1. Vender criptomonedas por euros (o cualquier moneda fiat)
Es el caso más claro. Si compraste Bitcoin a 20.000€ y lo vendiste a 35.000€, tienes una ganancia patrimonial de 15.000€ que tributa en la base del ahorro del IRPF.
2. Intercambiar una criptomoneda por otra (swaps/permutas)
Este es el error más común entre inversores: pensar que si cambias BTC por ETH no tributa porque «no has pasado a euros». Error. Para Hacienda, cada swap es una transmisión patrimonial. Si compraste BTC a 10.000€ y cuando vale 50.000€ lo cambias por ETH, has generado una ganancia de 40.000€ aunque sigas invertido en cripto.
Este punto es muy importante, se tiende a pensar que al no pasarlo a FIAT todavía se está exento. Pues no.
3. Pagar con criptomonedas
Si usas tus criptos para comprar algo (un café, un ordenador, un servicio), fiscalmente es como si las vendieras. Se genera ganancia o pérdida entre el precio al que las compraste y su valor de mercado en el momento del pago.
4. Staking y lending
Los rendimientos que recibes por hacer staking (validar transacciones en redes como Ethereum) o por prestar tus criptos a una plataforma (lending) tributan como rendimientos del capital mobiliario. Esto se declara en la base del ahorro, al mismo tipo que los dividendos o intereses bancarios.
5. Airdrops y recompensas
Los airdrops (criptomonedas que recibes gratis) tributan como ganancias patrimoniales no derivadas de transmisión, y van a la base general del IRPF. Esto es importante porque la base general tiene tramos más altos (hasta el 47%) que la base del ahorro (máximo 28%). Es decir, fiscalmente los airdrops salen más caros que las ventas.
6. Minería de criptomonedas
Si minas criptomonedas, Hacienda lo considera una actividad económica. Tributa en la base general y además tendrías que darte de alta como autónomo si es tu actividad habitual.
Operaciones que NO generan obligación en el IRPF
- Comprar criptomonedas y mantenerlas (HODL puro): no tributa.
- Transferir criptos entre tus propias wallets (de Binance a tu Ledger, por ejemplo): no es un hecho imponible.
- Recibir criptomonedas como regalo o donación: tributa por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, no por IRPF.
Cuánto se paga: los tramos del IRPF para criptomonedas en 2026
Las ganancias patrimoniales por venta o intercambio de criptos tributan en la base del ahorro con estos tramos progresivos:
| Ganancia neta | Tipo impositivo |
|---|---|
| Primeros 6.000€ | 19% |
| De 6.000€ a 50.000€ | 21% |
| De 50.000€ a 200.000€ | 23% |
| De 200.000€ a 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 28% |
Importante: Los tramos son progresivos. Si has ganado 10.000€ con cripto, no pagas el 21% sobre todo. Pagas el 19% sobre los primeros 6.000€ (= 1.140€) y el 21% sobre los 4.000€ restantes (= 840€). Total: 1.980€.
Ejemplo práctico completo
Imagina que durante 2025 hiciste estas operaciones:
- Compraste 1 ETH a 1.800€ en febrero
- Vendiste ese 1 ETH a 3.200€ en agosto → Ganancia: 1.400€
- Compraste 0.5 BTC a 25.000€ en marzo (coste: 12.500€)
- Intercambiaste ese 0.5 BTC por SOL cuando BTC valía 60.000€ → Valor de transmisión: 30.000€ → Ganancia: 17.500€
- Recibiste 200€ en recompensas de staking de ETH
Resultado fiscal:
- Ganancias en base del ahorro: 1.400€ + 17.500€ = 18.900€
- Impuesto base ahorro: 19% sobre 6.000€ = 1.140€ + 21% sobre 12.900€ = 2.709€ → Total: 3.849€
- Staking (200€): tributa en base del ahorro como rendimiento del capital mobiliario al 19% → 38€
- Total a pagar: 3.887€
El método FIFO: cómo calcula Hacienda tus ganancias
España obliga a usar el método FIFO (First In, First Out): las primeras criptomonedas que compraste son las primeras que se consideran vendidas.
Esto tiene un impacto directo en cuánto pagas. Veamos un ejemplo:
- Enero 2024: Compras 1 BTC a 35.000€
- Octubre 2024: Compras 1 BTC a 55.000€
- Marzo 2025: Vendes 1 BTC a 80.000€
¿Cuál es tu ganancia? Con FIFO, el BTC que vendes es el primero que compraste (35.000€), no el segundo. Así que tu ganancia es 80.000€ – 35.000€ = 45.000€, no 25.000€.
Si tuvieras otra opción (como LIFO, último en entrar primero en salir), pagarías menos. Pero la ley española no te deja elegir: es FIFO obligatorio.
Consejo práctico: Lleva un registro cronológico de TODAS tus compras con fechas y precios. Si usas varios exchanges y wallets, unifica todo en un solo historial. Herramientas como Koinly, CoinTracking o CryptoBooks te generan el informe fiscal automáticamente.
Personalmente me gusta llevarlo todo en un Excel donde trackeo todo mi patrimonio y mis inversiones.
Los modelos fiscales que necesitas conocer
Modelo 100 (Declaración de la Renta / IRPF)
Es la declaración de la renta de toda la vida. Aquí declaras tus ganancias y pérdidas con criptos. Las casillas específicas para monedas virtuales son las 1800 a 1814, donde detallarás las transacciones, valores de adquisición, fechas y ganancias o pérdidas resultantes.
Plazo: Abril a junio de 2026 (para el ejercicio 2025).
Modelo 721: criptomonedas en el extranjero
Si a 31 de diciembre de 2025 tenías más de 50.000€ en criptomonedas custodiadas en exchanges o plataformas en el extranjero (Binance, Coinbase, Kraken, etc.), estás obligado a presentar este modelo informativo.
Clave: Es solo informativo, no se paga nada por presentarlo. Pero no presentarlo puede suponer multas superiores a 1.500€ por omisión.
Plazo: Del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
Qué se declara: Tipo y cantidad de criptoactivos, su valoración en euros a 31 de diciembre, y la plataforma donde los tienes.
Modelos 172 y 173: los que presentan los exchanges (no tú)
Estos modelos son la gran novedad de 2026. No los presentas tú, sino los exchanges y custodios con sede en España:
- Modelo 172 (Saldos): Informa a Hacienda de cuántas criptomonedas tenías a 31 de diciembre. Es la «foto» de tu posición.
- Modelo 173 (Operaciones): Detalla cada compra, venta, swap y transferencia que hayas hecho a través de plataformas españolas. Es el «vídeo» de tu año.
Esto significa que si operas en Bit2Me, por ejemplo, Hacienda ya tiene toda la información antes de que tú abras tu borrador. Si tus datos no coinciden con lo que declaras, el sistema lo detectará automáticamente.
El famoso KYC del que no te vas a librar.
Cómo compensar pérdidas (y ahorrar impuestos legalmente)
Si has tenido pérdidas con criptomonedas, no todo son malas noticias. Las pérdidas se pueden compensar con las ganancias para pagar menos impuestos.
Compensación el mismo año
Si en 2025 ganaste 10.000€ vendiendo Bitcoin pero perdiste 4.000€ vendiendo una altcoin que se fue a cero, solo tributas por 6.000€ (la diferencia).
Compensación con años futuros
Si tus pérdidas superan a tus ganancias en un año, puedes arrastrar ese saldo negativo durante los 4 años siguientes. Es decir, si en 2025 pierdes 5.000€ y en 2026 ganas 12.000€, podrás compensar esos 5.000€ y tributar solo por 7.000€.
Compensación con rendimientos del capital mobiliario
Si después de compensar pérdidas con ganancias todavía te queda saldo negativo, puedes compensar hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario positivos (dividendos, intereses, staking).
Consejo importante: Declara SIEMPRE tus pérdidas, aunque no estés obligado. Si no las declaras, pierdes el derecho a compensarlas en el futuro.
La directiva DAC8: lo que viene en 2026-2027
A nivel europeo, la Directiva de Cooperación Administrativa 8 (DAC8) está ampliando el intercambio automático de información fiscal entre países de la UE para incluir criptoactivos.
En la práctica, esto significa que tener tus criptos en un exchange con sede en Irlanda, Malta o Lituania dejará de ser «invisible» para Hacienda española. Los estados miembros compartirán datos sobre operaciones y saldos de sus residentes fiscales.
La implementación plena se despliega progresivamente entre 2026 y 2027, pero el mensaje es claro: la opacidad en el mundo cripto tiene los días contados en la Unión Europea.
Los 7 errores más comunes (y más caros) al declarar cripto
- «No paso a euros, no tributo» → Falso. Los swaps cripto-cripto sí tributan. Es el error número uno.
- No declarar pérdidas → Pierdes el derecho a compensarlas en los próximos 4 años.
- Confundir staking con airdrops → Los airdrops van a base general (más cara). El staking va a base del ahorro. Clasificarlos mal te puede salir caro.
- No usar el método FIFO → Hacienda solo acepta FIFO. Si calculas tus ganancias con otro método, habrá discrepancias.
- Ignorar el Modelo 721 → Si tienes más de 50.000€ en exchanges extranjeros y no lo presentas, te arriesgas a multas de más de 1.500€.
- No guardar documentación → Hacienda puede requerirte pruebas de tus operaciones. Si no puedes justificar el precio de adquisición, Hacienda puede considerar que el coste fue 0€ (y tributar por todo como ganancia).
- Copiar datos de capturas de pantalla → Los datos de exchanges a veces no coinciden con el formato que exige Hacienda. Usa herramientas especializadas que generen informes fiscales compatibles.
De estos errores, el que más he visto entre la gente de mi comunidad es el número 2. La cantidad de personas que no se preocupan por declarar perdidas es enorme.
Herramientas recomendadas para calcular tus impuestos cripto
Hacer las cuentas a mano es viable si has hecho 5 operaciones en el año. Si has hecho 50, 500 o 5.000, necesitas una herramienta que conecte tus exchanges, aplique FIFO y genere un informe fiscal listo para tu declaración.
Estas son las más usadas en España:
| Herramienta | Precio | Punto fuerte |
|---|---|---|
| Koinly | Gratis hasta 10.000 txs / desde 49€ informe fiscal | Conexión directa con +800 exchanges y wallets |
| CoinTracking | Gratis hasta 200 txs / desde 99€/año | Muy completa, usada por asesores fiscales profesionales |
| CryptoBooks | Desde 49€/año | Enfocada en España, informes adaptados a la normativa AEAT |
| TaxDown | Incluida en sus planes | Integra cripto con el resto de tu declaración |
Paso a paso: cómo declarar tus criptos en la Renta 2026
- Recopila todas tus operaciones: Conecta todos tus exchanges y wallets a una herramienta como Koinly o CoinTracking. Asegúrate de incluir TODAS las plataformas donde hayas operado.
- Genera el informe fiscal: La herramienta calculará tus ganancias/pérdidas con método FIFO y clasificará cada operación (venta, permuta, staking, airdrop, etc.).
- Revisa el informe: Comprueba que no falten operaciones. Si transferiste cripto entre wallets, asegúrate de que la herramienta no lo cuente como venta.
- Accede a Renta Web: Cuando se abra la campaña (abril 2026), entra en la sede electrónica de la AEAT con tu certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Rellena las casillas 1800-1814: Introduce las operaciones de compraventa y permutas de criptomonedas con los datos de tu informe fiscal.
- Declara staking/lending: En la sección de rendimientos del capital mobiliario.
- Declara airdrops: En la sección de ganancias patrimoniales no derivadas de transmisión.
- Revisa y presenta: Comprueba que el resultado final cuadra con tu informe fiscal. Presenta la declaración.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no declaro mis criptomonedas?
Hacienda puede imponer sanciones que van desde el 50% hasta el 150% de la cuota no declarada, más intereses de demora. Con los nuevos modelos 172 y 173, Hacienda tiene más información que nunca para detectar discrepancias.
¿Y si solo he comprado y no he vendido nada?
Si solo has comprado y mantienes tus criptos (HODL), no tienes que declarar nada en el IRPF. Pero recuerda el Modelo 721 si tienes más de 50.000€ en exchanges extranjeros.
¿Las criptomonedas afectan al Impuesto de Patrimonio?
Sí, si tu patrimonio total (incluyendo cripto) supera el mínimo exento de tu comunidad autónoma (generalmente 700.000€, aunque varía). Las criptos se valoran a precio de mercado a 31 de diciembre.
¿Puedo declarar las criptos yo solo o necesito un asesor?
Si tus operaciones son simples (unas pocas compraventas), puedes hacerlo tú mismo con una herramienta de cálculo fiscal. Si tienes operaciones complejas (DeFi, yield farming, múltiples wallets, operaciones en el extranjero), merece la pena consultar a un asesor fiscal especializado en cripto.
¿Binance informa a Hacienda?
Binance no tiene sede en España, por lo que actualmente no presenta los modelos 172/173 directamente. Sin embargo, con la directiva DAC8 esto cambiará progresivamente en 2026-2027. Además, si transfieres fondos desde Binance a tu banco español, Hacienda puede detectar la entrada de dinero.
Conclusión
Declarar criptomonedas en España en 2026 ya no es opcional ni ambiguo. Hacienda tiene más herramientas que nunca para rastrear tus operaciones, y las multas por no declarar pueden ser muy superiores a lo que habrías pagado en impuestos.
La buena noticia es que con las herramientas adecuadas y un poco de organización, el proceso es mucho más sencillo de lo que parece. Lo más importante: lleva un registro de todas tus operaciones desde el primer día, usa una herramienta de cálculo fiscal automatizada, y no te olvides de declarar las pérdidas (que son tu mejor aliado para reducir la factura fiscal).
Si tienes dudas específicas sobre tu caso, déjamelo en los comentarios.
Aviso legal: Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal profesional. Para situaciones complejas, consulta con un asesor fiscal especializado.
